Infografías Cívicas - El Milagreño

GUÍA CÍVICA DE EL MILAGREÑO

5 temas clave para entender nuestras responsabilidades en la ciudad.

El Aire que Respiramos

La lucha por un aire limpio tiene un enemigo claro: la quema de basura, la falta más grave según la ley.

Contravención de Cuarta Clase (La más grave)

Según la Ordenanza de Gestión de Residuos, Art. 40, Num. 1.

Quemar basura, llantas o cualquier material que genere gases tóxicos es la infracción más severamente castigada por su alto impacto en la salud pública y el medio ambiente.

Sanción Máxima

100%

de un Salario Básico Unificado

El Vacío Legal

Aunque la quema de basura está penada, aún no existe una ordenanza local que regule y sancione específicamente la contaminación del aire por ceniza industrial o polvo, una deuda pendiente con nuestros pulmones.

Tu Mascota, Tu Responsabilidad

Más allá de la limpieza, no recoger los desechos de tu mascota es un asunto de salud pública.

Prevención de Enfermedades 🦠

Los excrementos pueden transmitir bacterias y parásitos a otros animales y personas.

Protección de los Niños 🧒

Mantener limpios los parques es vital para la seguridad y salud de los más pequeños.

Sanción y Norma

Contravención de 2da Clase

10%

de un Salario Básico

(Art. 37, Num. 1, Ord. de Gestión de Residuos)

La Basura y el Reloj

La limpieza de la ciudad es una responsabilidad compartida, una calle de doble vía.

Deber del Ciudadano 🙋‍♂️

Sacar la basura SÓLO en el horario y frecuencia establecidos.

Falta: Contravención de 2da Clase (Multa del 10% SBU)

Deber del Municipio 🚚

Cumplir rigurosamente con los horarios y rutas de recolección publicados.

(Ord. de Aseo Público, Art. 11)

Construyendo Respeto

Dejar escombros en la vereda es una falta grave por el peligro que representa para los peatones.

Sanción Fuerte y Clara

Contravención de 3ra Clase

40%

de un Salario Básico

(Art. 38, Num. 3, Ord. de Gestión de Residuos)

¿A quién pone en riesgo?

👵

Adultos Mayores

Personas con Discapacidad

👶

Niños y Familias

La Vereda es de Todos

La ley tiene una respuesta sorprendente sobre quién es el responsable de una acera ocupada por comercio informal.

La Responsabilidad Recae en:

EL DUEÑO DEL INMUEBLE

(Ord. de Aseo Público, Art. 8, lit. c)

Sanción al Propietario

Contravención de 3ra Clase

40%

de la Remuneración Mensual